Esta póliza ha sido creada para dar servicio a todos los sectores de actividad económica que por Ley o acuerdo entre las partes, se ven obligados o se comprometen a que el trabajador o sus beneficiarios, perciban una indemnización de mejora complementaria a la que le pudiera corresponder de la Seguridad Social, en caso de que por accidente o enfermedad se viera afectado por una incapacidad permanente o falleciese.
Los capitales cubiertos por la póliza vienen estipulados en el convenio laboral al que esta adscrito el colectivo en cuestión, siendo muy común que dentro de la negociación de los convenios laborales se incluya la obligatoriedad por parte del empresario de contratar un seguro de Accidentes Colectivo para los empleados.
Las compañias aseguradoras con las que ofrecemos este producto son:
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