La sociedad en la que vivimos nos obliga a tener que cumplir y responder económicamente cuando resultemos responsables del daño o perjuicio causado a un tercero por nosotros o por personas que dependan de nosotros (asalariados, hijos,...)
Este seguro incluye los gastos derivados del conjunto de servicios y elementos que se precisan para efectuar el sepelio del asegurado fallecido, o bien una indemnización económica para hacer frente a los mismos.
Queda excluido, todo acto voluntario que ocasione responsabilidades civiles, es decir, los actos llevados a cabo con la intención de hacer daño, se encuentran excluidas del ámbito del seguro, no así las actuaciones culposas en donde únicamente media nuestra imprudencia o negligencia.
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